Competencias

La Comarca del Alto Gállego, creada por la Ley 13/2001 de 2 de Julio , se define como una Entidad Local Territorial con personalidad jurídica propia ,capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.

La Comarca tiene a su cargo la ejecución de las obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios.

Así mismo, la Comarca del Alto Gállego representa los intereses de la población y del territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal , en defensa de la solidaridad y del equilibrio dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Además, la Ley marca el techo competencial de la Comarca en su artículo 5º .

El Decreto 76/2002 de 26 de febrero , del Gobierno de Aragón supuso la transferencia a la Comarca del Alto Gállego del siguiente primer bloque de funciones y servicios:


En posteriores fases se transferirán otras competencias en materia de Ordenación Territorial y Urbanismo, Transportes, Protección del Medio Ambiente, Sanidad y Salubridad Pública, Agricultura, Ganadería y Montes, Artesanía, Protección de los Consumidores y Usuarios, Energía, Promoción y Gestión Industrial, Ferias y Mercados Comarcales, Enseñanza, y otras que puedan ser ejercidas en el futuro conforme a la legislación sectorial correspondiente."

Ley 13/2001, de 2 de julio, la Comarca Alto Gállego.

Decreto 4/2005, de 11 de Enero, de Transferencia de competencias